El Gobierno del Estado ha aprobado una modificación de el Reglamento de Circulación que afectará el día a día de la movilidad en nuestros pueblos y ciudades. Los cambios, que se aplicarán de manera gradual, hacen referencia, sobretodo, a la seguridad y la velocidad de conducción y con el objetivo de tratar de reducir la siniestralidad en las carreteras. Damos cuenta de alguna de estas nuevas medidas:

Límites de velocidad en poblaciones

Se establecen los 20 km/h la velocidad en calles con plataforma única, a 30 km/h en vías de un único carril por sentido y 50 km/h en las de dos o más carriles. Esta medida entrará en vigor en el mes próximo de mayo.

Vehículos de movilidad personal (*VMP)

Los *VMP no podrán circular por las aceras y zonas peatonales y solo podrán circular por ciudad a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

Uso del teléfono móvil

Se endurecen las infracciones a partir del 2 de enero. La sanción pasa a ser de entre 3 a 6 puntos (infracción muy grave) y una multa de 500 euros.

Uso del cinturón y casco

No llevar posado el cinturón de seguridad u otros sistemas de retención obligatorios se penalizará con una sanción de 3-4 puntos del carné.

Detector de radares

Llevar dispositivos de detección de radares será una infracción grave, castigada con una multa de hasta 500 euros y la pérdida de 3 puntos del carné.