El Ministerio de Transición Ecológica ha acordado prohibir el uso de malas prácticas en los contratos de tarifas de luz y gas ofrecidos a los clientes domésticos. Este es el caso de la contratación “puerta a puerta”. El Gobierno ha aprobado lo Real decreto ley de 6 de octubre en el cual se recogen estas y otras medidas para rebajar la factura de la luz.

En el Real decreto ley establece que las compañías de luz y gas no podrán realizar publicidad no solicitada en visitas a domicilio, ni podrán realizar la contratación en los domicilios de los clientes de forma directa.

Aunque esta práctica ya había sido sancionada en otras ocasiones, el Gobierno ha decidido imponer unas sanciones mucho más duras para evitar que se continúan dando. Si las compañías realizan estas técnicas de contratación de la luz “a puerta fría”, se enfrentarán a la posible inhabilitación para actuar como comercializadora durante el plazo máximo de un año y, incluso, al traspaso de sus clientes a una comercializadora de referencia.

De este modo, la contratación del suministro eléctrico a través de la técnica llamada “puerta a puerta” queda prohibida para los clientes domésticos, salvo que haya sido el mismo cliente el que haya solicitado esta acción a la comercializadora.

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