Como consecuencia de las informaciones inexactas e interesadas que están circulando por la localidad estos últimos días, el Ayuntamiento de Bétera expone las aclaraciones siguientes. Estas informaciones tienen el objetivo de crear alarma social, así como otros intereses de grupos políticos que están encabezando la difusión de esta información entre la población del casco urbano. Por lo tanto, el Ayuntamiento de Bétera considera necesario aclarar los puntos siguientes:

 

1) Tal y como aparece al histórico oficial de analíticas del Ayuntamiento, los niveles de nitratos desde 2004 a 2016 es el siguiente:

 

AÑO MEDIA NITRATOS ANUAL GOBIERNO
2004 40,22 mg/L PP-UPIB
2005 53,13 mg/L PP-UPIB
2006 54,83 mg/L PP-UPIB
2007 58,26 mg/L PP-UPIB
2008 52,85 mg/L PP-UPIB
2009 50,78 mg/L PP-UPIB
2010 53,2 mg/L PP-UPIB
2011 51,5 mg/L PP-UPIB
2012 51,7 mg/L PP-UPIB
2013 51,7 mg/L PP-UPIB-Mas Camarena
2014 56,00 mg/L PP-UPIB-Mas Camarena
2015 55,00 mg/L Compromís-PSOE-AbeC
2016 58,57 mg/L Compromís-PSOE-AbeC

 

Con estos datos se demuestra que los niveles de nitratos de Bétera son superiores al que determina la OMS y la Dirección General de Salud Pública desde el año 2005.

 

2) El año 2000 el Gobierno valenciano publica un decreto (DECRETO 13/2000, de 25 de enero), en que se indica los municipios vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos, documento en el que aparece Bétera.

 

3) El valor actual de nitratos en el agua del casco urbano es de 54,0 mg/L (publicado periódicamente en el SINAC y de consulta pública). La OMS (Organización Mundial de la Salud) determina que todos aquellos valores superiores al 50,0 mg/L califican el agua como no apta para el consumo humano.

 

4) El organismo encargado de establecer si el agua es apta o no para el consumo humano es la Dirección General de Salud Pública y, por lo tanto, es quien determina las restricciones de consumo. En fecha 30 de mayo de 2017, el Ayuntamiento de Bétera recibe comunicación oficial para restringir el consumo del agua del casco urbano. Las restricciones de consumo indicadas por la Dirección General afectan solo a:

 

-lactantes (niños y niñas de menos de 12 meses)

-mujeres embarazadas

-preparados de alimentos infantiles (para niños/se de 1 a 3 años)

 

El resto de la población SÍ puede consumir el agua del municipio.

 

5) En el comunicado enviado el 30 de mayo de 2017 por la Dirección General también se obliga a la administración local a poner en conocimiento de la población estas restricciones. Así, el día 1 de junio de 2017, un día después, el Ayuntamiento informa a la ciudadanía de las restricciones por todos los canales posibles.

 

6) El Ayuntamiento actual instala varias fuentes de osmosis inversa en el casco urbano para que los vecinos puedan abastecerse a coste cero. Además, desde el curso escolar 2017-2018 se está suministrando agua embotellada en los centros educativos públicos y concertados de la localidad, periódicamente, donde hay alumnado susceptible de las restricciones.

 

7) El Ayuntamiento actual está trabajando para poner una solución definitiva en los problemas en la calidad del agua del casco urbano. Con esta finalidad se contrata en 2017 una empresa externa para que realice una auditoría. Los resultados más destacados van en dos direcciones:

 

-la red de suministro de agua al casco urbano está obsoleta y las pérdidas de agua son del 60%.

-los niveles de nitratos son superiores a los legalmente recomendados.

 

8) El Ayuntamiento actual toma decisiones respecto a los resultados de la auditoría. Primero, renovar la red para evitar pérdidas de agua y sectorizar, para detectar con facilidad posibles escapes. Esta inversión está valorada en unos 900.000 €.

 

Una vez modernizada la red, ejecutar la obra para inyectar agua sin nitratos, procedente del EMSHI (Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos), a los pozos municipales cosa que reducirá la cantidad de nitratos al agua del casco urbano. Está inversión está valorada en unos 850.000 €.

 

9) El Ayuntamiento de Bétera ha seguido, al pie de la letra y en los plazos indicados, las instrucciones provenientes de la Dirección General de Salud Pública. Por este motivo, el Ayuntamiento de Bétera se reserva el derecho de ejercer todas aquellas acciones legales, civiles, penales y administrativas, que considere oportunas contra aquellos que están difundiendo informaciones inexactas e interesadas, y creando alarma entre los vecinos y las vecinas de Bétera.

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