Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana contempla la concesión de ayudas por un importe de hasta 3 millones de euros para la construcción y equipación de infraestructuras de carácter social. Las citadas ayudas irán destinadas a entidades locales y organizaciones sin ánimo de lucro.
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado las bases reguladoras para la adjudicación de estas ayudas que serán en concepto de equipación, construcción y reforma en centros, programas y servicios del sistema valenciano de servicios sociales y gestionados por entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro.
Las convocatorias que publico la Consellería contemplarán, por un lado, la adquisición de mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para garantizar el funcionamiento de los centros, programas y servicios que gestionan las entidades beneficiarias con competencia en igualdad y políticas inclusivas, de acuerdo con su tipología, y teniendo en consideración la perspectiva de género.
Así mismo, se concederán subvenciones para la adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para las actividades que desarrollan los centros, programas o servicios.
Por otro lado, se contempla la subvención de nuevas construcciones y obras de edificación, adecuación y reforma que sean necesarias para la adecuada habitabilidad e instalaciones del inmueble, incluidos los centros de servicios sociales municipales. En este caso se tendrá en cuenta la mejora de la eficiencia energética y también la perspectiva de género.
Hay que destacar que, por primera y con el objetivo de agilizar el plan de infraestructuras, se subvencionará la redacción de los proyectos completos el contenido de los cuales es necesario para la realización de las obras. En estos casos se pueden subvencionar los honorarios de los profesionales que tienen que redactar el proyecto.
Bases para la concesión
Tal como establece la orden publicada, las subvenciones están destinadas en las entidades locales y entidades sin fin de lucro que sean titulares de centros, programas o servicios del sistema valenciano de servicios sociales y que reúnan los requisitos que se incluyen en las bases reguladoras.
En las bases se pueden consultar, entre otros aspectos, el cálculo de las cuantías a subvencionar, las obligaciones de las entidades beneficiarias, el procedimiento de la tramitación, los criterios de valoración o aquellos casos en los cuales se puede denegar o excluir de la subvención.
Además, los centros y espacios en los cuales se desarrollan programas y servicios de atención primaria básica se financiarán aquellos que se desarrollan en municipios de más de 20.000 habitantes en el caso de la provincia de Alicante, de más de 10.000 en la de Castelló y de más de 15.000 en la de València.