El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado el decreto que responde a la necesidad de dar una respuesta urgente a la excepcional situación del sector comercial ocasionada por la pandemia. A través de este, se regulan las bases de la concesión directa de ayudas en materia de comercio y artesanía.
De las ayudas se beneficiarán personas autónomas, pymes y micropymes que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades descritas en el decreto o estén en posesión del documento de calificación artesana.
Hay que destacar que un importe máximo estimado de 5.000.000 euros estará destinado a las ayudas a los gastos corrientes en productos y servicios de medidas de protección, prevención e higiene necesarias para garantizar la seguridad del personal, así como los gastos necesarios para la puesta en marcha de servicios logísticos de proximidad como es el reparto a domicilio o el impulso de la digitalización del comercio y la implantación y acceso a plataformas de venta en línea.
Por otra parte, el importe máximo estimado de 2.400.100 euros se destinará a las ayudas inversiones realizadas en equipación para el establecimiento comercial y la implantación de la venta en línea segura o la integración de esta en una plataforma en línea de comercio electrónico.
En estos casos, se considerarán subvencionables las aplicaciones informáticas y los gastos de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al establecimiento.
También serán subvencionables, las inversiones relacionadas con la COVID-19 destinadas a la adaptación o transformación de los puntos de venta con la finalidad de conseguir la debida protección de comerciantes y clientes, de acuerdo con las normas de seguridad dictadas por la autoridad competente.
En el marco de la iniciativa ‘Avalem Comerç‘, las ayudas irán destinadas a compensar las inversiones realizadas en equipación para el establecimiento comercial y la implantación de la venta en línea segura o la integración de esta en una plataforma en línea de comercio electrónico.
En estos casos, se considerarán susceptibles de apoyo las aplicaciones informáticas y los gastos de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al establecimiento.
Por lo que respecta a ‘Avalem Comerç Rural‘, las ayudas se destinarán a establecimientos situados o que se implantarán en municipios de la Comunitat Valenciana de menos de mil habitantes.
En este caso, serán subvencionables las inversiones en equipación para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, si su finalidad es implantar la venta en línea segura o la integración de esta en una plataforma en línea de comercio electrónico. Estos establecimientos podrán estar situados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada.
Dentro de ‘Avalem Mercats‘, en el apartado de mercados de venta no sedentaria, las personas beneficiarias, si disponen de autorización municipal para ello, podrán obtener una ayuda para la realización de inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, si cumplen la normativa vigente en materia medioambiental.
En el caso del programa ‘Avalem Artesania‘, se considerarán subvencionables las inversiones relacionadas con la COVID-19 realizadas en equipación destinadas a la adaptación o transformación de los puntos de trabajo y venta para conseguir la prevención y protección de artesanos y artesanas y compradores de acuerdo con las normas de seguridad dictadas por la autoridad competente y la adaptación de los establecimientos a la venta a distancia.
En todos los casos, se considerarán además subvencionables las inversiones realizadas en equipación destinadas a la adaptación o transformación de los puntos de venta para conseguir la prevención y protección de comerciantes y clientes, de acuerdo con las normas de seguridad dictadas por la autoridad competente y la adaptación de los establecimientos a la venta a distancia.
El importe de las ayudas oscilarán entre un mínimo de 750 euros y un máximo de 1.500 euros o entre un mínimo de 500 euros y un máximo de 2.000 euros dependiendo de si se trata de gastos corrientes o de inversiones, así como de la tipología de los beneficiarios.
La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática. Se presentará una solicitud por cada una de las ayudas a las que se opte por medio del procedimiento habilitado al efecto, a través de la sede electrónica de la Generalitat (consultar aquí), accediendo a la Guía Prop, Trámites y servicios.
Para esta tramitación, se deberá disponer de firma electrónica avanzada, con un certificado admitido por la sede electrónica de la Generalitat (consultar aquí).
El plazo para la presentación de solicitudes tal y como se indica en el DOGV se iniciará a las 9.00 horas del día 15 de junio de 2020 y concluirá a las 12.00 horas del 31 de julio de 2020.
El sector comercial valenciano tiene un carácter estratégico para la Comunidad Valenciana, por su importancia económica y social, puesto que supone el 12,9% del PIB y un tejido empresarial de más de 48.000 empresas que operan
En el territorio valenciano.
El comercio detallista es el eslabón final de una cadena de distribución que presta servicios indispensables para la calidad de vida y el desarrollo económico con 61.357 puntos de venta y una generación, en 2019, de 212.551 afiliaciones a la Seguridad Social.
Las empresas artesanas, de muy reducida dimensión en su inmensa mayoría, también cuentan con una importante presencia en todo el territorio y a su importancia económica y social se une su valor como patrimonio cultural e identitario del pueblo valenciano.
Este tejido comercial y artesano se podría ver afectado en gran medida por la crisis ocasionada por la pandemia, que ha provocado la suspensión temporal de la actividad de más del 85% de los negocios, con la consiguiente pérdida de ocupaciones y que se enfrentan a un futuro incierto.