Ivace Energía fomenta el autoconsumo compartido a través de una nueva línea de ayudas. Esta nueva línea de ayudas está dirigida específicamente a las comunidades locales de energía. Así se subvencionará hasta en un 65 % el coste de los proyectos de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo, de energía eléctrica. Contará con un presupuesto para 2020 de 550.000 euros.
A través de este tipo de comunidades, la ciudadanía se puede organizar para producir, autoconsumir, gestionar y almacenar su propia energía, generando beneficios no solamente energéticos, sino también medioambientales, económicos y sociales a sus miembros o a las localidades donde se lleve a cabo su actividad.
Tal y como publica el DOGV, puede acogerse a estas ayudas cualquier entidad local en agrupación con cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarias o empresarios individuales y pymes, que constituyan una comunidad energética renovable.
Ivace Energía subvencionará hasta un 45 % del coste de las instalaciones de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo. No obstante, la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para medianas empresas, y en hasta 20 puntos porcentuales para las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas e instituciones sin ánimo de lucro.
La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 100.000 euros y el plazo para la presentación de solicitudes se inicia el 12 de junio y se prolongará hasta el próximo 10 de julio.
Así pues, pueden beneficiarse de estas ayudas aquellas entidades que se basen en una participación abierta y voluntaria, sean autónomas y estén efectivamente controladas por sus miembros que estén situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables propiedad de la agrupación.
La finalidad de la actividad de la agrupación ha de ser proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a las zonas locales donde opera en lugar de ganancias financieras.
Asimismo, las actividades de la agrupación deberán ser, entre otras la generación de energía procedente de fuentes renovables, la distribución, el suministro, el consumo, la agregación, el almacenamiento de energía, la prestación de servicios de eficiencia energética, la prestación de servicios de recarga para vehículos eléctricos u otros servicios energéticos.
La participación de las entidades locales en el proyecto podrá consistir en participación en la inversión del proyecto o en la cesión de los espacios de titularidad municipal para llevar a cabo las instalaciones objeto de subvención.