Bétera ha publicado la convocatoria del proceso selectivo para la para la bolsa de trabajo temporal de Auxiliar Administrativo para el área de Servicios Sociales y vinculado a la subvención concedida por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en la Comunidad valenciana, por el sistema de concurso-oposición con el fin de efectuar nombramientos con carácter interino para los casos previstos en los apartados C y D del edicto: clic aquí.
El plazo para la presentación de instancias será de 10 días hábiles, contados desde la publicación del anuncio de la convocatoria y extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Así, lo indica el edicto publicado en el tablón de anuncios digital del consistorio: clic aquí.
Las personas que aspiran a participar en el proceso selectivo para la constitución de la Bolsa de Trabajo objete de la convocatoria, tendrán que reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o encontrarse en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado público, y en su caso estar en posesión de los permisos de residencia y de trabajo en vigor.
b) Tener cumplimientos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundario Obligatoria o equivaliendo, o estar en condiciones de obtenerlo al final del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de que se presente algún título como equivalente, la carga de probar la equivalencia con la titulación a que se refiere este punto, tendrá que acreditarse por el aspirante aportando el correspondiente certificado de la administración competente en materia de educación, cerca de la equivalencia con la titulación requerida para participar en la formación de esta bolsa de trabajo. En caso de extranjeros, sus títulos tendrán que estar debidamente homologados en España, correspondiendo a los interesados la carga de probar tal circunstancia, teniendo que presentarse debidamente traducido, con firma de traductor jurado.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni encontrarse inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivaliendo que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso a la ocupación pública.
e) No sufrir enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones del lugar.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad sexual, en conformidad con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
Todos los requisitos tendrán que cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario interino.