(EFE) La Abogacía de la Generalitat Valenciana recurrirá las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que declaran nulos los proyectos lingüísticos e interculturales de dos colegios en Turís y Benigànim al doblar en algún caso el porcentaje de materias a impartir en valenciano.
Así lo han anunciado fuentes de la Conselleria de Educación después de que el TSJCV haya anunciado que se han dictado, por parte de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contensioso-Administrativo, cinco sentencias en las que fija como criterio que el peso del valenciano y el castellano en la educación plurilingüe sostenida con fondos públicos ha de observar una “proporción razonable”.
Según Educación, en esos fallos se “avala la legalidad de la Ley de Plurilingüismo” y el TSJCV “no eleva cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley tal como pedían los recurrentes de las sentencias”, en las que “se explicita que esta ley no vulnera ni discrimina los derechos lingüísticos de las familias y ni del alumnado”.
“Cabe recordar que el sistema educativo valenciano cuenta con 1.338 centros educativos de Infantil y Primaria con PLC (Proyecto Lingüístico de Centro) propio y que el tribunal solo ha estimado dos casos, o sea un 0,1 % del total”, en alusión a los presentados por los Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Joaquín Muñoz de Turís y Beata Inés de Benigànim.
“Respecto a las sentencias no firmes referidas a dos centros educativos, la Abogacía de la Generalitat las recurrirá para aportar al tribunal todos los argumentos y fundamentos necesarios que resuelvan justificadamente las dudas procedimentales y pedagógicas manifestadas por el tribunal”, añaden desde el departamento que dirige Vicent Marzà.
Desde el TSJCV se añadía este jueves que, según los magistrados, una interpretación de la ley de Plurilingüismo de 2018 conforme a la Constitución y al resto del bloque de constitucionalidad (LOE y EACV), considerando el contexto socioeducativo y “demolingüístico” de que se trate, debe disponer una proporción razonable (tanto en la distribución de horas lectivas como en las asignaturas troncales) entre las dos lenguas que garantice que todo el alumnado alcance la competencia en comunicación lingüística en ambas.
Sobre esa premisa, el TSJCV ha declarado nulos los proyectos lingüísticos e interculturales de los citados colegios de Turís y Benigànim pues reservaban en algún caso a la enseñanza en valenciano más del doble del tiempo lectivo y las asignaturas troncales, excepto lengua y literatura.
Por el contrario, los magistrados han validado los planes lingüísticos de los CEIP Villar Palasí de València y Vicenta Ruso de Santa Pola, al entender que la distribución curricular de las dos lenguas sí guarda una proporción razonable.
En cuanto al proyecto del CEIP Sagrado Corazón de Elda, solo aprecian un motivo impugnatorio por la omisión de las medidas especiales para determinados alumnos.