La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ha convocado anticipadamente para el ejercicio 2023 ayudas por valor de 44.399.600 euros para apoyar la realización de proyectos de inversión que mejoren la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana.
Estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, se han publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y se enmarcan dentro del Plan Estratégico de la Industria Valenciana (PEIV).
El conseller de Economía Sostenible, Rafael Climent, ha destacado que se continúa así por sexto año con el Plan Estratégico de la Industria Valenciana (PEIV), que “este año se incrementa un 6,4 % respecto al presupuesto del pasado año” y ha avanzado que “las ayudas publicadas hoy en el DOGV se completarán con ayudas a las asociaciones empresariales, para las que “se prevé destinar 2,1 millones de euros”.
Con estas ayudas, ha añadido, “continuamos apostando por una industria valenciana más fuerte, que lidero la recuperación económica y el cambio hacia un modelo económico sostenible y más resiliente”.
En cuanto a las ayudas, las empresas podrán obtener una subvención máxima del 35 % del total de los gastos considerados como subvencionables, si bien con el límite superior que la ayuda total mínima concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros en el ejercicio fiscal en 2023 y en los dos ejercicios fiscales anteriores (2021 y 2022).
Por lo que se refiere al plazo de presentación de solicitudes, se prolongará desde el 16 de enero hasta el 3 de marzo de 2023.
Las ayudas están vinculadas al sector de la automoción, sector espacial y sector de la aeronáutica; sectores de la biotecnología, la producción audiovisual, la producción de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual; sectores de la cerámica, del vidrio y de los materiales de construcción no metálicos; industria del cuero y del calzado.
Asimismo, se vinculan al sector de la fabricación de envases y embalajes y otras industrias manufactureras; sectores de fabricación de madera, muebles y aparatos de iluminación; sectores del mármol, la piedra natural y los áridos; sector metal-mecánico; sectores del papel y las artes gráficas; sector del plástico; industria química; sector textil y sector de la valorización de materiales.
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medias emprendidas privadas que desarrollan o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a estos sectores industriales.
Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables los proyectos de inversión que suponen la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, excepto para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, que será de 10.000 euros, IVA excluido.
Gastos subvencionables
Los gastos subvencionables serán los costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
También serán subvencionables los costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa vinculados a la producción industrial, y que consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de esta, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan.
De igual modo, tendrán la consideración de gastos subvencionables los costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales; los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos.
Además, podrán subvencionarse los costes externos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos; los costes de contratación externa de ingeniería industrial y los gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.